"[...] o inóspito, árido e descurado processo encontra-se estreitamente relacionado com as correntes espirituais dos povos e [...] as suas diversas concretizações devem ser incluídas entre os mais importantes testemunhos da cultura" (F. Klein (1902))



08/04/2016

Jurisprudência europeia (TJ) (89)



Reg. 44/2001 — Art. 34.º, n.º 2 — Conceito de possibilidade de recorrer de uma decisão  — Reg. 1393/2007 — Art. 19.º — Exclusão da preclusão


AG 7/4/2016 (C-70/15, Lebek) conclui o seguinte (versão portuguesa ainda não disponível):

El artículo 34, punto 2, del Reglamento n.º 44/2001 debe interpretarse en el sentido de que la posibilidad de interposición de un recurso mencionada en él comprende únicamente el supuesto en el que el recurso pueda interponerse dentro del plazo especificado al efecto en el Derecho nacional pero no el supuesto en el que, habiendo expirado dicho plazo, pueda, no obstante, formularse una demanda tendente a la exención de la preclusión y posteriormente ―tras la estimación de dicha demanda― interponerse el recurso propiamente dicho. 

El artículo 19, apartado 4, del Reglamento n.º 1393/2007 debe interpretarse en el sentido de que, dentro del ámbito de aplicación de dicho Reglamento, excluye la aplicación de disposiciones del Derecho nacional sobre la exención de la preclusión en relación con el plazo de recurso.